Los centros deberán asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en
materia de protección de datos (Sección 3ª «Otros
aspectos organizativos comunes» de la Orden de 9 de octubre de 2013, que
desarrolla el Decreto 81/2010 — Reglamento Orgánico de los centros
docentes públicos no universitarios).
Especial atención a las autorizaciones expresas para uso de
imagen y voz, la publicación de fotografías en las que aparezcan menores
y la difusión de vídeos con datos personales.
En caso de duda, emplea alternativas visuales como
pictogramas, iconos, diseños o fotografías no identificativas.
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Recomendaciones oficiales (Consejería)
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